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BENEFICIARIOS
TITULARES
Podrán solicitar ayudas para la realización de proyectos los siguientes titulares:
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Personas físicas. |
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Empresarios individuales. |
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Sociedades mercantiles, sociedades agrarias de transformación, sociedades laborales y cualquier otra entidad, asociativa o societaria con personalidad jurídica recogida en la legislación vigente. |
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Comunidades de bienes u otras entidades de tipo comunal. |
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Asociaciones o fundaciones de carácter local, provincial o, como máximo, regional. |
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Centros especiales de empleo. |
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Entidades públicas de carácter local, con ámbito territorial inferior al provincial. |
REQUISITOS
Los titulares de proyectos deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes requisitos:
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No haber iniciado las inversiones antes de solicitar la ayuda. |
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Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. |
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Ser microempresa (Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre definición de microempresas 2003/361/CE). |
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Emplear a menos de 10 personas. |
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Tener un volumen de negocio anual o un balance general anual que no exceda los 2 millones de euros. |
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Cumplir el criterio de autonomía. |
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Ejecutar el proyecto localizado en la zona de actuación de la Asociación Tierras Sorianas del Cid. |
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Presentar un proyecto técnica, económica y financieramente viable. |
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Cumplir todos los requisitos legales correspondientes. |
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Comprometerse a mantener el destino de la inversión y el empleo durante al menos cinco años posteriores a la certificación de finalización de inversiones. |
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